Los números detrás de la espera – INA 202: Para el año fiscal 2026, el Congreso autorizó 226,000 visados preferentes patrocinados por la familia y un mínimo de 140,000 visados preferentes basados en el empleo en todo el mundo. Ningún país puede utilizar más del 7% del total combinado en un año determinado – aproximadamente 25,620 visados. Ese límite se aplica independientemente del número de solicitantes de ese país que estén esperando. Es la razón por la que un solicitante nacido en India o México en la misma categoría de visado que alguien nacido en, digamos, Polonia o Brasil puede estar esperando 10 a 20 años más. Misma categoría, mismas reglas, muy diferente espera.
El Boletín de Visados publica dos tablas separadas para las categorías de preferencia familiar y de empleo. Confundirlas es un error frecuente y costoso. Presentar una solicitud con arreglo a la tabla equivocada -o saltarse un plazo de presentación autorizado- puede retrasar un caso durante meses.
La primera es la tabla de la Fecha de Acción Final (FAD). Es la que rige cuándo puede expedirse un número de visado o cuándo aprobará USCIS una solicitud de ajuste de estatus. Tu fecha de prioridad debe ser anterior a la fecha límite de la FAD para tu categoría y país antes de que se pueda finalizar nada. El USCIS considera que ésta es la tabla por defecto para las solicitudes I-485. Si no estás seguro de qué tabla se aplica este mes, consulta uscis.gov. Esta página se actualiza a principios de cada mes y es la fuente autorizada.
La segunda es la tabla de Fechas de Presentación (DFF). El USCIS no siempre autoriza su uso: algunos meses sí, otros no. Cuando sí lo hace, los solicitantes cuyas fechas de prioridad caen antes del corte de la DFF pueden iniciar el proceso de presentación aunque su fecha aún no haya pasado la tabla de la DFF. ¿Por qué es importante? Porque presentar la solicitud según la tabla DFF, cuando el USCIS lo permite, te permite presentar el Formulario I-485 simultáneamente con el Formulario I-765 para la autorización de empleo y el Formulario I-131 para la libertad condicional anticipada. Esos dos beneficios -el derecho a trabajar y el derecho a viajar- pueden estar en tu mano meses antes de que se despeje totalmente tu fecha de prioridad.
Para abril de 2026, la categoría F2A, que incluye a cónyuges e hijos de residentes legales permanentes (LPR), aparece como vigente en el cuadro Fechas de presentación. Si USCIS autoriza el uso de esa tabla este mes, los solicitantes de F2A podrán presentar la solicitud independientemente de su fecha de prioridad específica. Se trata de una apertura significativa. Que siga abierta el mes que viene no está garantizado.
| CATEGORÍA | TIPO DE PREFERENCIA | TODAS LAS ÁREAS | CHINA (CONTINENTAL) | INDIA | MÉXICO | FILIPINAS |
|---|---|---|---|---|---|---|
| F1 | Hijos e hijas solteros de ciudadanos estadounidenses | 01 MAYO 2017 |
01 DE MAYO DE 2017 | 01 MAYO 2017 |
15 FEB 2007 |
01 DE MAYO DE 2013 |
| F2A | Cónyuges e hijos de residentes legales | 01 FEB 2024 |
01 FEB 2024 | 01 FEB 2024 |
01 FEB 2023 |
01 FEB 2024 |
| F2B | Hijos e hijas solteros (mayores de 21 años) de residentes permanentes legales | 22 MAYO 2017 |
22 DE MAYO DE 2017 | 22 MAYO 2017 |
15 FEB 2009 |
08 ABR 2013 |
| F3 | Hijos e hijas casados de ciudadanos estadounidenses | 22 DIC 2011 |
22 DIC 2011 | 22 DIC 2011 |
01 MAYO 2001 |
01 JUL 2005 |
| F4 | Hermanos y hermanas de ciudadanos estadounidenses adultos | 08 JUN 2008 |
08 JUN 2008 | 01 NOV 2006 |
08 ABR 2001 |
01 FEB 2007 |
Fuente: Departamento de Estado de EE.UU., Boletín de visados de abril de 2026 (CA/VO: 4 de marzo de 2026)
NOTA – USCIS está trabajando actualmente en las peticiones presentadas hace aproximadamente 25 años para ciudadanos mexicanos en la categoría F3. Esto no es una anomalía; es el resultado directo de la estructura de límites por país según la INA 202.
Las categorías basadas en el empleo tienen asignaciones numéricas y colas de fechas de prioridad separadas. Para la mayoría de los países, el boletín de abril de 2026 muestra fechas favorables – con EB-1 y EB-2 listadas como “Actuales” para todas las áreas de imputabilidad excepto China e India. La tabla siguiente recoge las Fechas de Acción Definitiva para las categorías de preferencia basadas en el empleo de este mes:
| CATEGORÍA EB | DESCRIPCIÓN | TODAS LAS ÁREAS | CHINA | INDIA | MÉXICO | FILIPINAS |
|---|---|---|---|---|---|---|
| EB-1 | Trabajadores prioritarios | Actual | 01 ABR 2023 | 01 ABR 2023 | Actual | Actual |
| EB-2 | Titulación Superior / Capacidad Excepcional | Actual | 01 SEP 2021 | 15 JUL 2014 | Actual | Actual |
| EB-3 | Trabajadores cualificados y profesionales | 01 JUN 2024 | 15 JUN 2021 | 15 NOV 2013 | 01 JUN 2024 | 01 AGO 2023 |
| EB-3 Otros | Otros trabajadores | 01 NOV 2021 | 01 FEB 2019 | 15 NOV 2013 | 01 NOV 2021 | 01 NOV 2021 |
| EB-4 | Inmigrantes especiales | 15 JUL 2022 | 15 JUL 2022 | 15 JUL 2022 | 15 JUL 2022 | 15 JUL 2022 |
| EB-5 (No reservado) | Creación de empleo - No reservado | Actual | 01 SEP 2016 | 01 MAYO 2022 | Actual | Actual |
| EB-5 Rural | Subvención: Rural (20%) | Actual | Actual | Actual | Actual | Actual |
| EB-5 Alto desempleo | Compensación: Alto desempleo (10%) | Actual | Actual | Actual | Actual | Actual |
Fuente: Departamento de Estado de EE.UU., Boletín de visados de abril de 2026 – Fechas de acción final basadas en el empleo
| CATEGORY | ALL AREAS | CHINA | INDIA | MEXICO | PHILIPPINES |
|---|---|---|---|---|---|
| F1 | 01 MAR 2018 | 01 MAR 2018 | 01 MAR 2018 | 15 APR 2008 | 22 APR 2015 |
| F2A | Current | Current | Current | Current | Current |
| F2B | 08 AUG 2017 | 08 AUG 2017 | 08 AUG 2017 | 15 MAY 2010 | 01 OCT 2013 |
| F3 | 22 NOV 2012 | 22 NOV 2012 | 22 NOV 2012 | 01 JUL 2001 | 15 JUL 2006 |
| F4 | 15 MAY 2009 | 15 MAY 2009 | 15 DEC 2006 | 30 APR 2001 | 22 MAR 2008 |
Fechas de presentación – Patrocinado por la familia (abril de 2026) – Utilízalo sólo cuando USCIS lo autorice a través de uscis.gov
| CATEGORY | ALL AREAS | CHINA | INDIA | MEXICO | PHILIPPINES |
|---|---|---|---|---|---|
| F1 | 01 MAR 2018 | 01 MAR 2018 | 01 MAR 2018 | 15 APR 2008 | 22 APR 2015 |
| F2A | Current | Current | Current | Current | Current |
| F2B | 08 AUG 2017 | 08 AUG 2017 | 08 AUG 2017 | 15 MAY 2010 | 01 OCT 2013 |
| F3 | 22 NOV 2012 | 22 NOV 2012 | 22 NOV 2012 | 01 JUL 2001 | 15 JUL 2006 |
| F4 | 15 MAY 2009 | 15 MAY 2009 | 15 DEC 2006 | 30 APR 2001 | 22 MAR 2008 |
Fechas de presentación – Patrocinado por la familia (abril de 2026) – Utilízalo sólo cuando USCIS lo autorice a través de uscis.gov
Comparación del escenario de fecha prioritaria – Abril de 2026
La gente nos pregunta qué camino es más rápido. Esa no es realmente la pregunta correcta. La vía que te corresponda depende de tu situación. Si te encuentras en Estados Unidos en este momento con un estatus válido de visado de trabajo, visado de estudiante u otra base legal, presentar el Formulario I-485 para ajustar el estatus aquí suele ser la opción más práctica. Te quedas en el país, presentas el paquete completo de una vez y, mientras el caso está pendiente, puedes hacer que te tramiten simultáneamente el permiso de trabajo y el documento de viaje.
Hemos tenido clientes que han esperado dos años la decisión sobre la tarjeta de residencia mientras trabajaban y viajaban con normalidad, porque presentaron los documentos correctamente desde el principio.
La tramitación consular es una situación diferente. Algunas personas no tienen otra opción, bien porque están fuera de Estados Unidos o porque llegaron de una forma que les hace inelegibles para ajustar su estatus a nivel nacional.
Su caso:
a) Primero, pasa por el Centro Nacional de Visados.
b) En segundo lugar, se realiza una entrevista para el visado de inmigrante a través de la Embajada o el Consulado de EE.UU.
El calendario depende en gran medida del puesto que se encargue del caso. Por favor, comprueba el estado aquí: https://travel.state.gov/content/travel/en/legal/visa-law0/visa-bulletin.html.
Lo que decimos a nuestros clientes es lo siguiente: no elijas una vía basándote en lo que leas en Internet sobre los tiempos medios de tramitación. Tu historial de entrada, el tiempo que llevas en el país, si alguna vez has estado fuera de situación y si hay alguna exención sobre la mesa; todo eso determina qué opción tienes realmente a tu disposición. Esa conversación debe tener lugar con un abogado que haya revisado tu expediente concreto, no basándose en una comparación general de dos procedimientos.
La gente nos pregunta qué camino es más rápido. Esa no es realmente la pregunta correcta. La vía que te corresponda depende de tu situación. Si te encuentras en Estados Unidos en este momento con un estatus válido de visado de trabajo, visado de estudiante u otra base legal, presentar el Formulario I-485 para ajustar el estatus aquí suele ser la opción más práctica. Te quedas en el país, presentas el paquete completo de una vez y, mientras el caso está pendiente, puedes hacer que te tramiten simultáneamente el permiso de trabajo y el documento de viaje.
Hemos tenido clientes que han esperado dos años la decisión sobre la tarjeta de residencia mientras trabajaban y viajaban con normalidad, porque presentaron los documentos correctamente desde el principio.
La tramitación consular es una situación diferente. Algunas personas no tienen otra opción, bien porque están fuera de Estados Unidos o porque llegaron de una forma que les hace inelegibles para ajustar su estatus a nivel nacional.
Su caso:
a) Primero, pasa por el Centro Nacional de Visados.
b) En segundo lugar, se realiza una entrevista para el visado de inmigrante a través de la Embajada o el Consulado de EE.UU.
El calendario depende en gran medida del puesto que se encargue del caso. Por favor, comprueba el estado aquí: https://travel.state.gov/content/travel/en/legal/visa-law0/visa-bulletin.html.
Lo que decimos a nuestros clientes es lo siguiente: no elijas una vía basándote en lo que leas en Internet sobre los tiempos medios de tramitación. Tu historial de entrada, el tiempo que llevas en el país, si alguna vez has estado fuera de situación y si hay alguna exención sobre la mesa; todo eso determina qué opción tienes realmente a tu disposición. Esa conversación debe tener lugar con un abogado que haya revisado tu expediente concreto, no basándose en una comparación general de dos procedimientos.
Comparación del escenario de fecha prioritaria – Abril de 2026
| CONSIDERACIÓN | FECHA DE PRIORIDAD ACTUAL EN FAD/ACTUACIÓN AHORA | FECHA DE PRIORIDAD DENTRO DE DFF, AÚN NO FAD EXPEDIENTE SI ESTÁ AUTORIZADO | CÓNYUGE O HIJO PATROCINADOR - F2A ACTUAL - DFF | ACERCÁNDOSE A LA ETAPA DE PLANIFICACIÓN DE LA ELEGIBILIDAD PARA LA NATURALIZACIÓN |
|---|---|---|---|---|
| A QUIÉN SE APLICA | Solicitantes en situación de inmigración válida en EE.UU. cuya fecha de prioridad sea anterior a la Fecha de Acción Final. | Solicitantes cuya fecha de prioridad sea anterior a la Fecha de Acción Final. | Residentes legales permanentes que tengan previsto presentar el I-130 para su cónyuge o hijo soltero. | Titulares de la tarjeta verde que se acercan a los 3-5 años de elegibilidad para la naturalización. |
| ABRIL 2026 | La FAD varía por categoría (por ejemplo, F2A 1 Feb 2024) | La fecha límite del DFF varía según la categoría | FAD: 1 de febrero de 2024 (excepto México) | No se aplica la fecha del boletín |
| FECHAS DE REFERENCIA | Actual para la mayoría de los países (EB1, EB2) | La tabla DFF se aplica mensualmente | DFF actual a nivel mundial | Periodo de residencia según INA §316 / §319 |
| ACCIÓN INMEDIATA | Consulta con un abogado y presenta el I-485 si cumples los requisitos | Comprueba la autorización DFF del USCIS | Proceder con el siguiente paso si se ha presentado el I-130 | Revisar el calendario de elegibilidad N-400 |
| FORMULARIOS CLAVE IMPLICADOS | I-485, I-765, I-131 | I-485 / DS-260 | I-130 + I-485 / DS-260 | N-400 |
| DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS NECESARIOS | Pasaporte, certificado de nacimiento, autorización policial, certificado médico (I-693) | Certificado de nacimiento, declaración de la renta, autorización policial | Aprobación I-130, documentos civiles | Declaración de la renta, prueba de residencia |
| BENEFICIO DE ACTUAR | EAD + Libertad Condicional Anticipada | Tramitación más rápida frente a la espera del DFA | Pasa rápidamente a la fase NVC/AOS | Estatus de familiar inmediato tras la naturalización |
| RIESGO DE INACCIÓN | Riesgo de retroceso | Incumplimiento del plazo de presentación del DFF | Retrasos en la tramitación | Retraso en el plazo de ciudadanía |
| DISPOSICIÓN INA APLICABLE | INA §245, §203 | INA §203(a) | INA §203(a)(2) | INA §316 / §319 |
Los datos reflejan el Boletín de Visados de abril de 2026 (CA/VO: 4 de marzo de 2026). Confirma la autorización DFF mensualmente en uscis.gov. Esta comparación sólo tiene fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico.
DACA, VAWA, visados U, visados T: no siguen el mismo camino que un caso estándar de tarjeta verde basada en la familia o en el empleo. Algunas categorías humanitarias tienen asignaciones numéricas y retrasos separados. Otras quedan totalmente fuera del sistema de preferencias. El boletín de visados sigue siendo relevante en algunas de estas situaciones, pero no de la misma manera.
Los beneficiarios de DACA son un ejemplo común de dónde se complica esto. Un beneficiario de DACA con un cónyuge o padre ciudadano estadounidense puede tener una vía para el ajuste de estatus, dependiendo de cómo entraron en el país (legalmente). Lo mismo ocurre con los autopeticionarios de la VAWA; su elegibilidad, calendario e interacciones con cualquier procedimiento pendiente o anterior deben ser revisados individualmente por las autoridades.
No planteamos esto para disuadir a nadie de seguir adelante en estas situaciones, sino porque hemos visto verdaderos perjuicios cuando la gente trata su caso como una solicitud de permiso de residencia normal, cuando no lo es. Si tú o alguien que conoces entráis en alguna de estas categorías, el punto de partida es una consulta en la que se pongan sobre la mesa tus hechos concretos, no una respuesta general basada en cómo funciona el proceso para otra persona.
The Coleman Law Group represents individuals and families at every stage of the green card and citizenship process — from the initial I-130 or I-140 petition through adjustment of status, consular processing, and naturalization. We practice immigration law in Florida, Texas, New York, New Jersey, and California. Call us to discuss your case, or schedule a consultation online.
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