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Boletín de visados de abril de 2026: Fechas de prioridad, tablas de presentación y qué hacer a continuación

“El 4 de marzo, el Departamento de Estado de EE.UU. publicó el Boletín de Visados de abril de 2026. En él se fijan las fechas límite para quienes pueden solicitar el ajuste de estatus o proceder a la tramitación consular este mes. Si tienes pendiente una tarjeta verde basada en la familia, un visado conyugal o una petición basada en el empleo, este boletín afecta directamente a cuándo puedes seguir adelante.”

¿Qué es exactamente el Boletín de Visados y por qué controla el calendario de mi tarjeta verde?

Las personas que han solicitado la tarjeta verde a través de un familiar o un empleador han oído el término “fecha de prioridad”. A muchos les han dicho las autoridades que esperen hasta que se actualice. ¿Sabes lo que significa el estado “actual” de la fecha de prioridad, cuánto tiempo es válida y cómo funciona en el escenario temporal de tu tarjeta verde? En este post, aclararemos esa confusión, porque leer mal el boletín tiene consecuencias reales para tu caso.

He aquí el problema central que el boletín pretende resolver. El Congreso limita el número de tarjetas verdes que el USCIS puede expedir cada año en la mayoría de las categorías familiares y laborales. Esos límites se establecen en la Ley de Inmigración y Nacionalidad. Las cifras no son grandes en relación con el volumen de personas que las solicitan. Cuando hay más peticiones pendientes en una categoría que visados disponibles para el año, la gente espera. El boletín de visados es la forma que tiene el gobierno de gestionar esa espera: te dice, mes a mes, cuánto ha avanzado la cola.

Tu posición en esa línea viene determinada por tu fecha de prioridad. Para una petición basada en la familia, esa fecha se registra cuando USCIS acepta tu formulario I-130. Para los casos basados en el empleo, es la fecha de recepción del I-140 o la fecha en que se presentó la certificación laboral PERM de tu empleador ante el Departamento de Trabajo, dependiendo de cuál se aplique a tu caso. Esa fecha no cambia. Lo que cambia cada mes es la fecha límite publicada en el boletín para tu categoría de visado y tu país de nacimiento. Cuando la fecha límite del boletín pasa de tu fecha de prioridad, tu número ha llegado: puedes seguir adelante con el formulario I-485 para ajustar el estatus aquí en EE.UU. o seguir adelante con una entrevista consular de visado de inmigrante en una embajada o consulado de EE.UU. en el extranjero.

Los números detrás de la espera – INA 202: Para el año fiscal 2026, el Congreso autorizó 226,000 visados preferentes patrocinados por la familia y un mínimo de 140,000 visados preferentes basados en el empleo en todo el mundo. Ningún país puede utilizar más del 7% del total combinado en un año determinadoaproximadamente 25,620 visados. Ese límite se aplica independientemente del número de solicitantes de ese país que estén esperando. Es la razón por la que un solicitante nacido en India o México en la misma categoría de visado que alguien nacido en, digamos, Polonia o Brasil puede estar esperando 10 a 20 años más. Misma categoría, mismas reglas, muy diferente espera.

¿Por qué hay dos tablas diferentes para las fechas de acción final frente a las fechas de presentación?

El Boletín de Visados publica dos tablas separadas para las categorías de preferencia familiar y de empleo. Confundirlas es un error frecuente y costoso. Presentar una solicitud con arreglo a la tabla equivocada -o saltarse un plazo de presentación autorizado- puede retrasar un caso durante meses.

La primera es la tabla de la Fecha de Acción Final (FAD). Es la que rige cuándo puede expedirse un número de visado o cuándo aprobará USCIS una solicitud de ajuste de estatus. Tu fecha de prioridad debe ser anterior a la fecha límite de la FAD para tu categoría y país antes de que se pueda finalizar nada. El USCIS considera que ésta es la tabla por defecto para las solicitudes I-485. Si no estás seguro de qué tabla se aplica este mes, consulta uscis.gov. Esta página se actualiza a principios de cada mes y es la fuente autorizada.

La segunda es la tabla de Fechas de Presentación (DFF). El USCIS no siempre autoriza su uso: algunos meses sí, otros no. Cuando sí lo hace, los solicitantes cuyas fechas de prioridad caen antes del corte de la DFF pueden iniciar el proceso de presentación aunque su fecha aún no haya pasado la tabla de la DFF. ¿Por qué es importante? Porque presentar la solicitud según la tabla DFF, cuando el USCIS lo permite, te permite presentar el Formulario I-485 simultáneamente con el Formulario I-765 para la autorización de empleo y el Formulario I-131 para la libertad condicional anticipada. Esos dos beneficios -el derecho a trabajar y el derecho a viajar- pueden estar en tu mano meses antes de que se despeje totalmente tu fecha de prioridad.

Para abril de 2026, la categoría F2A, que incluye a cónyuges e hijos de residentes legales permanentes (LPR), aparece como vigente en el cuadro Fechas de presentación. Si USCIS autoriza el uso de esa tabla este mes, los solicitantes de F2A podrán presentar la solicitud independientemente de su fecha de prioridad específica. Se trata de una apertura significativa. Que siga abierta el mes que viene no está garantizado.

¿Cuáles son las fechas de las acciones finales de abril de 2026 para las categorías patrocinadas por la familia?

El sistema de preferencia familiar abarca cuatro categorías: F1, F2, F3 y F4, cada una vinculada a una relación familiar específica con un ciudadano estadounidense o un residente legal permanente. La tabla siguiente refleja las Fechas de Acción Final (FAD) oficiales para abril de 2026 publicadas por el Departamento de Estado de EEUU:
CATEGORÍA TIPO DE PREFERENCIA TODAS LAS ÁREAS CHINA (CONTINENTAL) INDIA MÉXICO FILIPINAS
F1 Hijos e hijas solteros de ciudadanos estadounidenses 01 MAYO
2017
01 DE MAYO DE 2017 01 MAYO
2017
15 FEB
2007
01 DE MAYO DE 2013
F2A Cónyuges e hijos de residentes legales 01 FEB
2024
01 FEB 2024 01 FEB
2024
01 FEB
2023
01 FEB 2024
F2B Hijos e hijas solteros (mayores de 21 años) de residentes permanentes legales 22 MAYO
2017
22 DE MAYO DE 2017 22 MAYO
2017
15 FEB
2009
08 ABR 2013
F3 Hijos e hijas casados de ciudadanos estadounidenses 22 DIC
2011
22 DIC 2011 22 DIC
2011
01 MAYO
2001
01 JUL 2005
F4 Hermanos y hermanas de ciudadanos estadounidenses adultos 08 JUN
2008
08 JUN 2008 01 NOV
2006
08 ABR
2001
01 FEB 2007

Fuente: Departamento de Estado de EE.UU., Boletín de visados de abril de 2026 (CA/VO: 4 de marzo de 2026)

NOTA – USCIS está trabajando actualmente en las peticiones presentadas hace aproximadamente 25 años para ciudadanos mexicanos en la categoría F3. Esto no es una anomalía; es el resultado directo de la estructura de límites por país según la INA 202.

Brecha de espera en la categoría familiar: años de retraso respecto a la "actual" (aproximado, abril de 2026)

aaaaaaaa

¿Qué significan para mi caso las fechas de prioridad basadas en el empleo de abril de 2026?

Las categorías basadas en el empleo tienen asignaciones numéricas y colas de fechas de prioridad separadas. Para la mayoría de los países, el boletín de abril de 2026 muestra fechas favorables – con EB-1 y EB-2 listadas como “Actuales” para todas las áreas de imputabilidad excepto China e India. La tabla siguiente recoge las Fechas de Acción Definitiva para las categorías de preferencia basadas en el empleo de este mes:

CATEGORÍA EB DESCRIPCIÓN TODAS LAS ÁREAS CHINA INDIA MÉXICO FILIPINAS
EB-1 Trabajadores prioritarios Actual 01 ABR 2023 01 ABR 2023 Actual Actual
EB-2 Titulación Superior / Capacidad Excepcional Actual 01 SEP 2021 15 JUL 2014 Actual Actual
EB-3 Trabajadores cualificados y profesionales 01 JUN 2024 15 JUN 2021 15 NOV 2013 01 JUN 2024 01 AGO 2023
EB-3 Otros Otros trabajadores 01 NOV 2021 01 FEB 2019 15 NOV 2013 01 NOV 2021 01 NOV 2021
EB-4 Inmigrantes especiales 15 JUL 2022 15 JUL 2022 15 JUL 2022 15 JUL 2022 15 JUL 2022
EB-5 (No reservado) Creación de empleo - No reservado Actual 01 SEP 2016 01 MAYO 2022 Actual Actual
EB-5 Rural Subvención: Rural (20%) Actual Actual Actual Actual Actual
EB-5 Alto desempleo Compensación: Alto desempleo (10%) Actual Actual Actual Actual Actual

Fuente: Departamento de Estado de EE.UU., Boletín de visados de abril de 2026 – Fechas de acción final basadas en el empleo

El boletín del Departamento de Estado señala que las tasas de expedición de visados de inmigrante han disminuido para determinadas nacionalidades a raíz de recientes Proclamaciones Presidenciales y directivas de seguridad nacional. Para mantener las expediciones dentro de los límites anuales, el Departamento de Estado ha adelantado las fechas para otros países en varias categorías. No pospongas la presentación si tu fecha de prioridad está ahora vigente; consulta a un abogado de inmigración y sigue adelante sin demora.

Soy de la India, China, México o Filipinas: ¿qué es diferente para mí?

Nuestros abogados de Inmigración reciben esta pregunta a menudo, y suele venir de alguien que acaba de comparar su calendario con el de un colega y no entiende por qué sus cifras parecen tan diferentes. Según la INA 202, ningún país obtiene más del 7% de la asignación total anual de visados familiares y por motivos de trabajo, aproximadamente 25.620 visados para el año fiscal 2026. Ese límite se aplica de la misma manera, independientemente del número de personas de ese país que estén esperando. India envía cada año muchas más peticiones EB-2 y EB-3 a través de USCIS que países de una fracción de su tamaño. El límite por país no se flexiona para reflejar eso. Por tanto, el límite se llena rápidamente, el retraso crece y se agrava año tras año. Esto no conlleva ninguna penalización.

La categoría EB-2 lo concreta. La EB-2 cubre a los profesionales con titulación superior. Ahora mismo, en abril de 2026, un solicitante EB-2 nacido en Alemania, Brasil o Nigeria puede presentar la solicitud. La categoría está vigente para ellos. Un solicitante EB-2 nacido en la India con las mismas credenciales, el mismo empleador y un I-140 aprobado en el mismo sistema del USCIS tiene como fecha de acción final el 15 de julio de 2014. El USCIS está tramitando casos de hace más de una década para ese grupo. Nos hemos sentado con clientes que llevan ocho, diez o doce años en este país con prórrogas H-1B, esperando a que se mueva esa fecha.

El Congreso es consciente de este desequilibrio desde hace años. Varias propuestas legislativas han intentado abordarlo, pero ninguna ha sido aprobada. Hasta que se introduzcan esos cambios, los solicitantes de estos países deben trabajar con un abogado que conozca las opciones disponibles con arreglo a la legislación actual. Eso incluye revisar si la portabilidad de la categoría EB conforme al artículo 204(j) de la INA se aplica a tu caso, si las solicitudes concurrentes pueden utilizarse para obtener antes la autorización de empleo y la libertad condicional anticipada y, para los titulares de permisos de residencia en esta situación, si el momento de la solicitud de naturalización puede convertir la petición de preferencia pendiente de un familiar en una petición de familiar inmediato, evitando por completo el límite. No se trata de soluciones provisionales. Son estrategias de planificación legítimas incluidas en la ley. Pero requieren conocer tus fechas concretas, tu historial y lo que el boletín actual hace posible este mes.
CATEGORYALL AREASCHINAINDIAMEXICOPHILIPPINES
F101 MAR
2018
01 MAR
2018
01 MAR
2018
15 APR
2008
22 APR
2015
F2ACurrentCurrentCurrentCurrentCurrent
F2B08 AUG
2017
08 AUG
2017
08 AUG
2017
15 MAY
2010
01 OCT
2013
F322 NOV
2012
22 NOV
2012
22 NOV
2012
01 JUL
2001
15 JUL
2006
F415 MAY
2009
15 MAY
2009
15 DEC
2006
30 APR
2001
22 MAR
2008

Fechas de presentación – Patrocinado por la familia (abril de 2026) – Utilízalo sólo cuando USCIS lo autorice a través de uscis.gov

¿Cómo funciona realmente el proceso de fecha de prioridad y ajuste de estatus?

Una vez que tu fecha de prioridad esté actualizada, la cuestión pasa a ser cómo llegar desde aquí hasta la tarjeta verde. Hay dos caminos: Cuál de ellos se aplica a tu caso depende en gran medida de dónde te encuentres en este momento y de cómo hayas llegado hasta allí.

El diagrama de flujo que aparece a continuación describe las dos vías principales del procedimiento:
a) Ajuste de Estatus (AOS) para solicitantes dentro de Estados Unidos,
b) Tramitación consular para solicitantes en el extranjero.
CATEGORYALL AREASCHINAINDIAMEXICOPHILIPPINES
F101 MAR
2018
01 MAR
2018
01 MAR
2018
15 APR
2008
22 APR
2015
F2ACurrentCurrentCurrentCurrentCurrent
F2B08 AUG
2017
08 AUG
2017
08 AUG
2017
15 MAY
2010
01 OCT
2013
F322 NOV
2012
22 NOV
2012
22 NOV
2012
01 JUL
2001
15 JUL
2006
F415 MAY
2009
15 MAY
2009
15 DEC
2006
30 APR
2001
22 MAR
2008

Fechas de presentación – Patrocinado por la familia (abril de 2026) – Utilízalo sólo cuando USCIS lo autorice a través de uscis.gov

Comparación del escenario de fecha prioritaria – Abril de 2026

La gente nos pregunta qué camino es más rápido. Esa no es realmente la pregunta correcta. La vía que te corresponda depende de tu situación. Si te encuentras en Estados Unidos en este momento con un estatus válido de visado de trabajo, visado de estudiante u otra base legal, presentar el Formulario I-485 para ajustar el estatus aquí suele ser la opción más práctica. Te quedas en el país, presentas el paquete completo de una vez y, mientras el caso está pendiente, puedes hacer que te tramiten simultáneamente el permiso de trabajo y el documento de viaje.

Hemos tenido clientes que han esperado dos años la decisión sobre la tarjeta de residencia mientras trabajaban y viajaban con normalidad, porque presentaron los documentos correctamente desde el principio.

La tramitación consular es una situación diferente. Algunas personas no tienen otra opción, bien porque están fuera de Estados Unidos o porque llegaron de una forma que les hace inelegibles para ajustar su estatus a nivel nacional.

Su caso:

a) Primero, pasa por el Centro Nacional de Visados.

b) En segundo lugar, se realiza una entrevista para el visado de inmigrante a través de la Embajada o el Consulado de EE.UU.

El calendario depende en gran medida del puesto que se encargue del caso. Por favor, comprueba el estado aquí: https://travel.state.gov/content/travel/en/legal/visa-law0/visa-bulletin.html.

Lo que decimos a nuestros clientes es lo siguiente: no elijas una vía basándote en lo que leas en Internet sobre los tiempos medios de tramitación. Tu historial de entrada, el tiempo que llevas en el país, si alguna vez has estado fuera de situación y si hay alguna exención sobre la mesa; todo eso determina qué opción tienes realmente a tu disposición. Esa conversación debe tener lugar con un abogado que haya revisado tu expediente concreto, no basándose en una comparación general de dos procedimientos.

La gente nos pregunta qué camino es más rápido. Esa no es realmente la pregunta correcta. La vía que te corresponda depende de tu situación. Si te encuentras en Estados Unidos en este momento con un estatus válido de visado de trabajo, visado de estudiante u otra base legal, presentar el Formulario I-485 para ajustar el estatus aquí suele ser la opción más práctica. Te quedas en el país, presentas el paquete completo de una vez y, mientras el caso está pendiente, puedes hacer que te tramiten simultáneamente el permiso de trabajo y el documento de viaje.

Hemos tenido clientes que han esperado dos años la decisión sobre la tarjeta de residencia mientras trabajaban y viajaban con normalidad, porque presentaron los documentos correctamente desde el principio.

La tramitación consular es una situación diferente. Algunas personas no tienen otra opción, bien porque están fuera de Estados Unidos o porque llegaron de una forma que les hace inelegibles para ajustar su estatus a nivel nacional.

Su caso:

a) Primero, pasa por el Centro Nacional de Visados.

b) En segundo lugar, se realiza una entrevista para el visado de inmigrante a través de la Embajada o el Consulado de EE.UU.

El calendario depende en gran medida del puesto que se encargue del caso. Por favor, comprueba el estado aquí: https://travel.state.gov/content/travel/en/legal/visa-law0/visa-bulletin.html.

Lo que decimos a nuestros clientes es lo siguiente: no elijas una vía basándote en lo que leas en Internet sobre los tiempos medios de tramitación. Tu historial de entrada, el tiempo que llevas en el país, si alguna vez has estado fuera de situación y si hay alguna exención sobre la mesa; todo eso determina qué opción tienes realmente a tu disposición. Esa conversación debe tener lugar con un abogado que haya revisado tu expediente concreto, no basándose en una comparación general de dos procedimientos.

¿Qué debería hacer ahora mismo basándome en este boletín de abril de 2026?

El Departamento de Estado publicó un aviso de retroceso dentro del propio boletín de abril de 2026. Ten en cuenta que estas fechas no se mantendrán durante todo el año 2026. Si tu fecha de prioridad es actual o está dentro de las fechas para la ventana de presentación, el momento de actuar es ahora, no después de ver lo que dice el boletín del mes que viene. He aquí cómo interpretar tu situación:

Comparación del escenario de fecha prioritaria – Abril de 2026

CONSIDERACIÓN FECHA DE PRIORIDAD ACTUAL EN FAD/ACTUACIÓN AHORA FECHA DE PRIORIDAD DENTRO DE DFF, AÚN NO FAD EXPEDIENTE SI ESTÁ AUTORIZADO CÓNYUGE O HIJO PATROCINADOR - F2A ACTUAL - DFF ACERCÁNDOSE A LA ETAPA DE PLANIFICACIÓN DE LA ELEGIBILIDAD PARA LA NATURALIZACIÓN
A QUIÉN SE APLICA Solicitantes en situación de inmigración válida en EE.UU. cuya fecha de prioridad sea anterior a la Fecha de Acción Final. Solicitantes cuya fecha de prioridad sea anterior a la Fecha de Acción Final. Residentes legales permanentes que tengan previsto presentar el I-130 para su cónyuge o hijo soltero. Titulares de la tarjeta verde que se acercan a los 3-5 años de elegibilidad para la naturalización.
ABRIL 2026 La FAD varía por categoría (por ejemplo, F2A 1 Feb 2024) La fecha límite del DFF varía según la categoría FAD: 1 de febrero de 2024 (excepto México) No se aplica la fecha del boletín
FECHAS DE REFERENCIA Actual para la mayoría de los países (EB1, EB2) La tabla DFF se aplica mensualmente DFF actual a nivel mundial Periodo de residencia según INA §316 / §319
ACCIÓN INMEDIATA Consulta con un abogado y presenta el I-485 si cumples los requisitos Comprueba la autorización DFF del USCIS Proceder con el siguiente paso si se ha presentado el I-130 Revisar el calendario de elegibilidad N-400
FORMULARIOS CLAVE IMPLICADOS I-485, I-765, I-131 I-485 / DS-260 I-130 + I-485 / DS-260 N-400
DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS NECESARIOS Pasaporte, certificado de nacimiento, autorización policial, certificado médico (I-693) Certificado de nacimiento, declaración de la renta, autorización policial Aprobación I-130, documentos civiles Declaración de la renta, prueba de residencia
BENEFICIO DE ACTUAR EAD + Libertad Condicional Anticipada Tramitación más rápida frente a la espera del DFA Pasa rápidamente a la fase NVC/AOS Estatus de familiar inmediato tras la naturalización
RIESGO DE INACCIÓN Riesgo de retroceso Incumplimiento del plazo de presentación del DFF Retrasos en la tramitación Retraso en el plazo de ciudadanía
DISPOSICIÓN INA APLICABLE INA §245, §203 INA §203(a) INA §203(a)(2) INA §316 / §319

Los datos reflejan el Boletín de Visados de abril de 2026 (CA/VO: 4 de marzo de 2026). Confirma la autorización DFF mensualmente en uscis.gov. Esta comparación sólo tiene fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico.

Una situación en la que no se aplica el boletín de visados: INA 201(b): Si un ciudadano estadounidense solicita un visado para su cónyuge, un hijo soltero menor de 21 años o un progenitor, esa relación entra en la categoría de familiar inmediato. Los familiares directos están totalmente fuera del sistema de límite anual. No hay fecha de prioridad, ni límite mensual, ni cola.

Para beneficiarios de DACA y casos humanitarios

DACA, VAWA, visados U, visados T: no siguen el mismo camino que un caso estándar de tarjeta verde basada en la familia o en el empleo. Algunas categorías humanitarias tienen asignaciones numéricas y retrasos separados. Otras quedan totalmente fuera del sistema de preferencias. El boletín de visados sigue siendo relevante en algunas de estas situaciones, pero no de la misma manera.

Los beneficiarios de DACA son un ejemplo común de dónde se complica esto. Un beneficiario de DACA con un cónyuge o padre ciudadano estadounidense puede tener una vía para el ajuste de estatus, dependiendo de cómo entraron en el país (legalmente). Lo mismo ocurre con los autopeticionarios de la VAWA; su elegibilidad, calendario e interacciones con cualquier procedimiento pendiente o anterior deben ser revisados individualmente por las autoridades.

No planteamos esto para disuadir a nadie de seguir adelante en estas situaciones, sino porque hemos visto verdaderos perjuicios cuando la gente trata su caso como una solicitud de permiso de residencia normal, cuando no lo es. Si tú o alguien que conoces entráis en alguna de estas categorías, el punto de partida es una consulta en la que se pongan sobre la mesa tus hechos concretos, no una respuesta general basada en cómo funciona el proceso para otra persona.

Has Your Priority Date Become Current?

The Coleman Law Group represents individuals and families at every stage of the green card and citizenship process — from the initial I-130 or I-140 petition through adjustment of status, consular processing, and naturalization. We practice immigration law in Florida, Texas, New York, New Jersey, and California. Call us to discuss your case, or schedule a consultation online.