Desde hace mucho tiempo, hemos oído y hablado de cómo Estados Unidos es un faro de esperanza para todo el mundo. Sin embargo, hay un factor que siempre limita la libertad y los derechos de los que disfrutan muchos inmigrantes en Estados Unidos: la violencia o el maltrato. Por suerte, hay muchas vías para escapar de la violencia doméstica y otras formas de violencia en EE. UU., y una de ellas es la inmigración a través de la VAWA.
¿Qué es la inmigración en el marco de la VAWA? ¿Cómo puedes beneficiarte de ello? En este artículo te explicamos todo lo que debes saber.
¿Qué es la Ley de Inmigración VAWA?
VAWA, en este contexto, son las siglas de «Ley contra la Violencia hacia las Mujeres» (Violence Against Women Act). Esta ley histórica se aprobó en 1994 con el objetivo de proteger a las víctimas de violencia doméstica y otras formas de agresión. Aunque el nombre de la ley incluye la palabra «mujeres», no está dirigida solo a ellas. Al contrario, está dirigida a cualquier persona que pueda estar sufriendo maltrato por parte de su anfitrión en Estados Unidos. Una de las disposiciones clave de la ley de inmigración VAWA permite a las personas que han sobrevivido a este tipo de maltrato solicitar por su cuenta la residencia permanente legal. Por supuesto, esto significa que los solicitantes ya no necesitarán el consentimiento ni la participación del maltratador.
¿Quién puede acogerse a la ayuda de la VAWA?
A pesar de que popularmente se considera una vía fácil para que las personas a cargo obtengan la residencia permanente en EE.UU., es importante señalar todavía que la inmigración VAWA no es para todo el mundo. Por ello, es importante comprobar la elegibilidad antes de solicitar este tipo de visado. Entonces, ¿quién reúne los requisitos para la inmigración VAWA? La ayuda de la VAWA se extiende a las siguientes categorías de personas:
- Cónyuges: La víctima de maltrato puede solicitar un visado de inmigración en virtud de la ley VAWA si el autor del maltrato es su marido. Sin embargo, ten en cuenta que el autor también debe ser ciudadano estadounidense o residente permanente legal en Estados Unidos.
- Niños: Los niños también pueden solicitar este visado si han sido víctimas de maltrato por parte de sus padres, que son ciudadanos estadounidenses. También pueden solicitarlo si dichos padres son residentes permanentes en Estados Unidos.
- Padres: Los padres también pueden solicitar este tipo de visado si su estancia en EE. UU. depende de un hijo o una hija que los maltrata.
¿Cómo se puede obtener la ayuda de la VAWA?
Ahora que ya hemos hablado de la inmigración en el marco de la VAWA, seguro que te estás preguntando cuáles son los pasos que hay que seguir para obtener protección bajo la VAWA. No te preocupes, te ayudamos. Repasemos algunos de esos pasos.
1. Ponte en contacto con un abogado de inmigración cualificado
No podemos dejar de insistir en lo importante que es contar con un abogado cualificado de tu lado. La ley de inmigración VAWA de Estados Unidos es bastante complicada y difícil de interpretar. Por eso, te conviene hablar con alguien cuyo trabajo sea precisamente interpretar estas leyes. Además de ayudarte a entender la complicada ley de inmigración VAWA, un abogado con experiencia también te recomendará posibles opciones. Saben cuáles son tus posibilidades con solo escuchar tu historia. Así que te ofrecerían otras recomendaciones si esta no fuera la mejor vía de inmigración para tu caso.
2. Presentación del formulario I-360
La página web del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) tiene muchas opciones y secciones sobre inmigración. Sin embargo, cuando hagas clic en la sección de inmigración de la VAWA, una de las primeras cosas que verás es el formulario I-360. Ábrelo y rellénalo con la información correcta. Este formulario sirve como solicitud propia para obtener la residencia permanente legal en virtud de la ley VAWA. Ponte en contacto con tu abogado si no estás seguro de cómo rellenar alguna parte del formulario.
3. Proporcionar pruebas
El formulario I-360 es una parte importante de tu solicitud, pero no es la única. Al presentar el formulario, debes adjuntar pruebas convincentes que demuestren que realmente has sufrido maltrato. Entre las pruebas aceptables se incluyen historiales médicos, atestados policiales, declaraciones juradas de testigos y cualquier otro documento que pueda ayudar a que tu caso avance.
4. Adjudicación
En esta fase, ya has rellenado todo lo que había que rellenar y has enviado todo lo que había que enviar. El USCIS se tomará su tiempo para revisar toda la información que has facilitado antes de responderte. Te dirán si puedes seguir adelante con tu solicitud de tarjeta verde o no. Ten en cuenta que toda la correspondencia de la USCIS se enviará a la dirección que indicaste en el formulario I-360.
Desafíos notables
Los pasos para solicitar la VAWA pueden parecer sencillos, pero no están exentos de dificultades. Uno de los principales obstáculos para la víctima puede ser conocer y entender las opciones que tiene a su disposición. También hemos visto casos en los que la solicitud no ha prosperado debido a diferencias lingüísticas y culturales. No entender bien la cultura estadounidense, o entenderla solo a medias, puede hacer que tu solicitud sea denegada.
Además, las víctimas a las que no les va muy bien económicamente pueden encontrar difícil el proceso de obtener documentos justificativos. Un abogado con experiencia puede ayudarte a superar estas barreras. Te traducirán la ley en el idioma que entiendas, al tiempo que te mostrarán las formas más sencillas de conseguir todos los documentos necesarios.
Coleman Law Group puede ayudarte
Una vez más, un abogado con experiencia puede ayudarte a simplificar el trámite para conseguir el visado de inmigración de la VAWA. Pero, ¿dónde puedes encontrar a estos abogados? El Coleman Law Group ha llevado un buen número de casos de este tipo y contamos con la experiencia necesaria para ayudarte en todo este proceso. Estaremos a tu lado en cada paso del camino, así que ponte en contacto con nosotros para saber más sobre cómo podemos ayudarte.


