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Cómo presentar el formulario I-130: una guía paso a paso

Posted by Coleman Law Group,on 09/29/2026
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Formulario I-130: guía

Si eres ciudadano o residente permanente de EE. UU. y tienes pensado traer a un familiar a Estados Unidos, el primer paso para conseguirlo es presentar la solicitud I-130.  La mayoría de la gente no conoce bien la petición I-130, que es la base de la inmigración familiar. Este formulario sirve para demostrar la relación entre el residente permanente y su familiar extranjero.

Echemos un vistazo a algunos de los requisitos para presentar el formulario I-130. Si entiendes bien el proceso, te resultará más fácil.

¿Qué es el formulario I-130?

El formulario «I-130», también conocido como«Solicitud para familiares extranjeros», es un formulario que se usa para demostrar que tienes un vínculo familiar con alguien que quiere immigrar a Estados Unidos. Es uno de los numerosos formularios de inmigración del USCIS. El formulario I-130 es un paso obligatorio en el proceso de inmigración. La aprobación de la petición no garantiza la residencia permanente del solicitante. 

 

Paso 1: Comprueba si cumples los requisitos para presentar el formulario I-130

El solicitante debe ser ciudadano estadounidense o residente permanente legal. La relación con tu familiar debe coincidir con tu situación migratoria para cumplir los requisitos de elegibilidad.

Si eres ciudadano estadounidense

Puedes patrocinar:

  • Cónyuge
  • Hijos solteros menores de 21 años
  • Padres
  • Hijos e hijas mayores de edad (21 años o más)
  • Hermanos o hermanas

Si eres residente permanente legal:

Puedes apadrinar a:

  • A tu marido o a tu mujer
  • Hijos solteros 

Los titulares de la tarjeta verde no pueden patrocinar a sus padres ni a sus hijos casados.

Paso 2: Decide a qué familiar vas a patrocinar

No todos los miembros de la familia cumplen los requisitos para obtener una tarjeta de residencia familiar. Los familiares directos tienen menos restricciones porque no hay un límite anual de visados para esta categoría. Entre los familiares directos se incluyen los padres y los hijos solteros menores de 21 años. Otras categorías de preferencia basadas en la familia incluyen a los hijos solteros y casados, y a los hermanos de ciudadanos estadounidenses. 

El tipo de categoría influirá en el número de visados de inmigrante disponibles y en los plazos de espera.

Paso 3: Reúne los documentos para el formulario I-130

El proceso de preparación del formulario I-130 implicará reunir la documentación necesaria. Tendrás que reunir todos los documentos que deben incluir:

  • Un formulario I-130 cumplimentado y firmado.
  • Documentación que acredite la ciudadanía o residencia en EE. UU. del solicitante.
  • Pruebas de una relación familiar que cumpla los requisitos.
  • Fotografías tamaño carné (si procede).
  • El recibo de pago de la tasa de tramitación.

Paso 4: Rellena el formulario I-130 

Asegúrate de completar todos los pasos imprescindibles del formulario antes de presentar la solicitud. Introduce los datos del solicitante y del beneficiario.

Asegúrate de cumplir los requisitos que se indican a continuación para que el formulario se considere debidamente cumplimentado:

  • Hay que rellenar todos los campos obligatorios.
  • El formulario debe estar firmado por el solicitante, ya sea en persona o digitalmente.
  • Hay que pagar la tasa 
  • Se adjuntan todas las pruebas principales requeridas.
  • También hay que rellenar y firmar el formulario. 

Si la información está incompleta, pueden surgir problemas innecesarios en el proceso de solicitud del formulario I-130.

Paso 5: Decide dónde presentar el formulario I-130

Depende de cómo quieras presentar el formulario I-130. 

Si presentas la solicitud por tu cuenta, la forma más fácil de hacerlo es a través de my.uscis.gov. Si prefieres enviar los formularios en papel por correo, tienes que mandar tu paquete a una dirección específica de USCIS Lockbox. 

Esta dirección varía según tu estado, el servicio de correo que utilices y si envías solo el formulario I-130 o junto con el formulario I-485 (tarjeta verde). Para conocer la dirección exacta, consulta siempre uscis.gov/i-130.

Paso 6: Paga la tasa de presentación del formulario I-130

Esta es la tasa única que corresponde solo a la solicitud. No cubre todo el proceso de inmigración. Es más barato y más fácil solicitarlo por internet que por correo. Las solicitudes en papel tardan más en tramitarse y cuestan más. Tienes que incluir el recibo de pago en tu paquete de solicitud.

Ventajas de presentar la declaración por internet:

  • Confirmación inmediata de recepción
  • Envío electrónico de documentos
  • Menor coste 

A continuación te mostramos los precios de ambos métodos: 

Método de presentación Tasa
Presentación en línea 625 $
Presentación en papel 675 dólares


Paso 7: Presentar la solicitud I-130

Sigue las instrucciones que te da el USCIS al enviar el formulario por vía electrónica. Imprime siempre una copia de tu solicitud y de todos los documentos justificativos. Cuando envíes la solicitud por correo, asegúrate de incluir toda la documentación de apoyo junto con tu correo electrónico a la dirección de presentación correspondiente de USCIS. Haz siempre copias de toda la correspondencia por correo electrónico que mantengas.

Antes de presentar el formulario I-130, revísalo con detenimiento para evitar cualquier error, como que falte una firma o que los cálculos de las tasas sean incorrectos, o cualquier otro error de presentación que pueda hacer que tu solicitud no sea admisible para su tramitación.

 

Paso 8: Recibe tu acuse de recibo de USCIS 

En cuanto el USCIS acepte y reciba tu solicitud para su tramitación, te enviarán un aviso de recepción. El aviso de recepción incluirá un número de recibo. Este número es fundamental, ya que te permitirá hacer un seguimiento de tu expediente y ponerte en contacto con el USCIS. El número de recibo es el número de seguimiento único que se asigna a todas las solicitudes y peticiones. Ten el recibo a mano por si alguna vez necesitas hacer un seguimiento de tu caso por internet.

 

Paso 9: Responde a una solicitud de pruebas adicionales (RFE) si el USCIS te pide más pruebas

Habrá ocasiones en las que la información que te dé el solicitante no sea suficiente para tomar una decisión. Así que, si te piden pruebas, significa que el USCIS necesita más información para seguir adelante con el proceso. Revisa la solicitud y averigua qué documentos necesita el funcionario que le envíes. Intenta responderles dentro del plazo que te hayan dado.

No incluyas ningún otro documento que no tenga que ver con el asunto en tu paquete. Coloca la notificación original de la RFE encima de todos los documentos del paquete.

 

Paso 10: ¿Qué pasa después de que se apruebe el formulario I-130?

Una vez aprobada, pueden darse dos situaciones. Cada una de ellas puede variar en función de distintas condiciones: 

  • El beneficiario está en Estados Unidos
  • El beneficiario está fuera de EE. UU.

Se utilizará el proceso de ajuste de estatus si el beneficiario ya se encuentra en EE. UU. Adjunta tu examen médico y la documentación económica al formulario I-485. Acude a la cita para la toma de datos biométricos y a la entrevista en la oficina local. El beneficiario recibirá su tarjeta de residencia por correo una vez que se apruebe la solicitud.

El formulario I-130 se enviará al Centro Nacional de Visados (NVC) si el beneficiario no se encuentra en Estados Unidos. A continuación, el beneficiario deberá rellenar su solicitud de visado y enviar toda la documentación necesaria al NVC. La entrevista para el visado podría tener lugar en una embajada o un consulado de EE. UU.

Coleman Law Group puede ayudarte

El proceso de solicitud del formulario I-130 consta de varios pasos. Tendrás que cumplir los requisitos y presentar la solicitud tal y como indica el USCIS. Nuestro abogado especializado en inmigración de Coleman Law Group te guiará a lo largo del proceso de presentación de la I-130 y minimizará el riesgo de cometer errores graves.

Coleman Law Group te informará de tus opciones y te ayudará a presentar el formulario I-130. Llama a Coleman Law Group al +1 (7272140400) o envía un correo electrónico a aheartforpeople@clgfl.com para saber cómo podemos ayudarte con el caso de inmigración de tu familia.

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La información proporcionada por Coleman Law Group, P.A., a través de su sitio web, seminarios web, correos electrónicos, plantillas, guías y otros recursos tiene únicamente fines informativos y educativos generales y no constituye asesoramiento jurídico. El uso de esta información o la participación en cualquier programa de CLG o la comunicación con nuestro bufete a través de canales ajenos al bufete no crea una relación abogado-cliente.

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Constance D. Coleman

Constance D. Coleman fundó Coleman Law Group con una única misión: servir a las personas con dignidad, compasión y una defensa inquebrantable. Licenciada por la Universidad de California, Davis, y doctora en Derecho por la Facultad de Derecho Thomas M. Cooley, creó un bufete bilingüe centrado en el cliente y dedicado a ayudar a las familias en asuntos de inmigración -incluidas las tarjetas de residencia, la naturalización y la ayuda humanitaria-, así como en reclamaciones por lesiones personales. Su creencia sigue siendo simple: todo cliente merece ser escuchado, comprendido y protegido. En Coleman Law Group, tenemos verdadero corazón para las personas.

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